España ya dispone de una Ley de Protección de Denunciantes, una norma que protege, ante posibles denuncias por infracciones en contextos laborales, a trabajadores por cuenta propia o ajena, funcionarios del sector público, así como trabajadores que aun no hayan prestado sus servicios pero conozcan irregularidades en el futuro puesto de trabajo.
Esta ley, que entró en vigor el pasado 17 de diciembre, ya existía en países vecinos como Francia o Italia, donde cuentan con instituciones plenamente independientes y con capacidad para obrar, pero no en España, donde los denunciantes estaban hasta la fecha completamente desamparados desde el punto de vista legal. Así lo ha explicado nuestro socio y abogado especialista en Compliance Penal Felipe García Hernández a Diario Abierto.
En palabras de nuestro abogado, esta Ley ya en vigor contiene hitos fundamentales para proteger la vulnerabilidad del trabajador, como “la inversión de la carga de la prueba frente a represalias, la imposición de multas a quien ejerce represalias, así como la protección de denunciantes en procedimientos de judiciales de corrupción y fraude”, indica. En este sentido, tener motivos razonables para denunciar y poder demostrar la veracidad de dicha información serán condiciones indispensables para que la denuncia y el mecanismo de protección prospere.
Puedes saber más sobre la Ley de Protección de Denunciantes aquí.
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